El pasado 21 de abril de 2022, entró en vigor la Ley Orgánica de Formación Profesional después de un largo camino parlamentario, la novedad más importante de esta nueva normativa es que se implanta la nueva FP Dual en los centros de enseñanza y que se crean las pasarelas entre la FP y las universidades, de forma que se podrá cursar asignaturas en la universidad y viceversa.
El objetivo de esta nueva ley de FP es promover un mercado laboral más dinámico, inclusivo y competitivo, implementando políticas integrales y medidas coordinadas que aborden varios desafíos estructurales a los que se enfrenta España en este ámbito.
Estos retos afectan tanto a los jóvenes como a la fuerza laboral en general y tienen implicaciones significativas para la competitividad y la productividad del país, principalmente:
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- Desajustes de cualificación profesional debidos a la discrepancia entre las habilidades y cualificaciones que poseen los trabajadores y las que demanda el mercado laboral. En España, existe una brecha significativa entre la formación que reciben muchos trabajadores y las necesidades reales de las empresas. Esto puede deberse a una falta de alineación entre la educación y la formación ofrecida y las demandas cambiantes del mercado laboral, especialmente en sectores emergentes y de alta tecnología.
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- Desempleo juvenil, que aunque la tasa de desempleo juvenil en España ha disminuido en los últimos años, sigue siendo relativamente alta en comparación con otros países de la Unión Europea. De hecho, en nuestro país contamos con casi medio millón de jóvenes en paro, lo que sitúa la tasa de paro juvenil se sitúa en el 27,4%, muy por encima del 13,8% de la eurozona. Uno de los principales motivos es el desencuentro entre la formación que se ofrece y lo que realmente necesitan las empresas, así como la falta de experiencia laboral de los jóvenes y los desafíos específicos a los que se enfrentan al ingresar al mercado laboral.
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- Competitividad y productividad son fundamentales para el crecimiento económico y la creación de empleo sostenible. España enfrenta desafíos en este sentido, incluida una productividad relativamente baja en comparación con otros países de la Unión Europea.
Objetivos de la nueva ley de FP
La nueva ley de FP, fruto de un intenso proceso de modernización que comenzó a finales de 2020, con el Plan de Modernización de la Formación Profesional, y quiere ser la palanca para mejorar la empleabilidad de los jóvenes y la calidad de estos, así como para reconocer la experiencia de los trabajadores.
Entre los objetivos de esta nueva ley de FP se incluyen:
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- Mejorar la calidad y la pertinencia de la formación para que esté alineada con las demandas y necesidades del mercado laboral actual y futuro.
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- Fomentar la colaboración entre centros educativos, empresas y otras instituciones para facilitar la inserción laboral de los estudiantes y promover la formación en el lugar de trabajo.
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- Ampliar la oferta de programas de FP para cubrir una variedad de sectores y ocupaciones, incluidas aquellas relacionadas con la tecnología, la innovación y la sostenibilidad.
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- Fortalecer los programas de orientación profesional y apoyo para que los estudiantes puedan tomar decisiones informadas sobre su educación y carrera.
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- Asegurar la accesibilidad y la igualdad de oportunidades en la FP, para que todos los ciudadanos tengan la posibilidad de adquirir habilidades y cualificaciones relevantes para el mercado laboral.
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- Fomentar la movilidad y la empleabilidad de los graduados de FP, tanto a nivel nacional como internacional.
Diversos informes señalan que la mitad de las ofertas de empleo en España en 2025 será para titulados de ciclos formativos.
La nueva Formación Profesional
Siguiendo el calendario de actuación de la nueva Ley de FP, a partir del curso escolar 2024/25 todos los centros de formación profesional deberán aplicar los cambios introducidos con la nueva ley de FP, que entró en vigor el año 2022.
La nueva ley de formación profesional crea un sistema único organizado en cinco grados de formación que incluyen desde las microformaciones a los títulos de especialización, en función de los conocimientos que se adquieran y del número de horas que suponga cada uno. Además se fusionan los dos existentes hasta ahora, esto es, los ciclos de formación ascendentes y los certificados de profesionalidad.
Tipos de grados en fp
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- Grado A: Acreditación parcial de competencia
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- Grado B: Certificado de competencia
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- Grado C: Certificado Profesional (implica prácticas obligatorias en empresas)
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- Grado D: Ciclos Formativos de FP (implica prácticas obligatorias en empresas)
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- Grado E: Cursos de Especialización en Grado Medio o en Grado Superior, cuyo acceso no está permitido a menores de 16 años.
Se configura un nuevo modelo de enseñanza en el que los alumnos de formación profesional de los grupos C y D deberán realizar prácticas obligatorias en pequeñas y medianas empresas a partir del próximo curso 2022-2023.
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- FP Dual de carácter general
Se implica a la empresa en la formación, se potencia la cooperación de los centros educativos con el sector empresarial y se alcanza una formación más conectada con la realidad laboral
A partir de este curso toda la Formación Profesional se integra en un solo sistema y este será DUAL, así el alumnado deberá alternar su formación entre centros educativos y empresas, convirtiéndose estas últimas en corresponsables de su educación desde el primer año.
Este porcentaje se traducirá en un 20% en ciclos formativos básicos y entre un 25-35% de las horas de formación en los ciclos formativos de grado medio y superior, todo ello dentro del horario lectivo. Aparece también la categoría DUAL Intensiva, es decir, cuando la empresa asume entre el 35-50% de las horas de formación. En este caso, el alumnado recibe una retribución mediante beca o contrato, siendo obligatorio el contrato a partir del año 2029.
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- El módulo FCT desaparece
El tradicional módulo de prácticas en centros de trabajo, más conocido como FCT, desaparece a partir del curso 2023/24 y aparecen nuevos módulos que ocupaban esas horas.
Así como los módulos de FOL (Formación y Orientación Laboral), EIE (Empresa e Iniciativa Emprendedora), libre configuración y el de proyecto de fin de grado.
Prácticas obligatorias en empresas a partir de Septiembre de 2022
Las prácticas de Formación Profesional se pondrán en marcha a partir del próximo curso 2022-2023, que comenzará a partir de septiembre de este mismo año.
Las distintas comunidades autónomas deben implantar la Formación Dual para aquellos estudiantes que cursen los Grados C y D, lo que implica un periodo de prácticas obligatorias en pequeñas o medianas empresas.
Prácticas en Formación Profesional General (Grado C)
En los cursos de fp del Grado C se estipula un tiempo de prácticas en la empresa de entre el 25% y el 35% de la duración total de la formación, y el compromiso de la compañía de participar en hasta un 20% de los contenidos y resultados de aprendizaje del currículo.
Prácticas en Formación Profesional Intensiva (Grupo D)
En los cursos de formación profesional del Grado D se contempla formación en la empresa a partir del 35% de la duración total, así como la colaboración de esta con el centro de formación en el desarrollo de más del 30% del currículo.
Además, contempla la firma de un contrato de formación entre el estudiante y la empresa con una retribución por su trabajo en los términos que determinada por el convenio colectivo aplicable en la empresa.
Cambios en la estructura curricular de la FP
La nueva ley FP también incluye cambios significativos en la estructura curricular de la Formación Profesional (FP). Con la nueva ley FP, los módulos se dividen en una parte troncal, parte transversal y parte optativa.
En la parte troncal, se incluyen módulos propios de cada titulación. Respecto a la parte transversal, aparecen nuevos módulos para hacer frente a temas clave del mundo laboral actual. Estos nuevos módulos son digitalización, sostenibilidad aplicada, inglés profesional y el itinerario personal para la empleabilidad.
Este último módulo reemplaza a las asignaturas de Formación y Orientación Laboral (FOL) y Empresa e Iniciativa Emprendedora (EIE), que desaparecen con esta nueva normativa. También se introduce el proyecto intermodular en todos los ciclos, en sustitución del proyecto de final de grado.
En cuanto a la parte de asignaturas optativas, en contra de lo que sugiere su nombre, son asignaturas obligatorias que pretenden ampliar las competencias del centro o del perfil profesional.
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- Reconocimiento competencias
El nuevo sistema reconocerá además las competencias profesionales adquiridas por el alumnado por experiencia laboral, facilitando que a través de ellas se pueda ir reconociendo y avanzando en los diferentes grados. Esto beneficiará principalmente a aquellos trabajadores o desempleados que, a pesar de tener adquiridas competencias profesionales, no las tiene acreditadas.
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- Nuevas figuras
Se incorporan nuevas figuras dedicadas para potenciar la orientación profesional “como un servicio de acompañamiento obligado al del aprendizaje a lo largo de la vida y la innovación”. Una medida muy aplaudida por los expertos en educación y formación, quienes consideran que una buena orientación a lo largo de todo el itinerario formativo es un factor clave de éxito en las perspectivas laborales de las personas.
Evaluación y convocatorias
Además de los cambios anteriores, también hay cambios en la evaluación. La evaluación se distribuirá en un 40% para las Pruebas de Evaluación Continua (PAC) y un 60% para los exámenes finales. En cuanto a las convocatorias, se incluirán dos: la ordinaria y la de recuperación.
Si no apruebas el 40% de evaluación continua, podrás presentarte al examen final, pero tu nota dependerá exclusivamente de ese examen. Si lo suspendes, deberás recuperar la evaluación continúa para que no te lo juegues todo nuevamente en la recuperación. Así, tienes más garantías de aprobar la asignatura sin problemas.
¿Cómo afecta esta nueva Ley de FP a los alumnos que están actualmente estudiando FP?
Si ya eres alumno de un ciclo de Formación Profesional, la nueva ley FP permite un período de transición y garantiza la continuidad de los estudios en las mismas condiciones en las que te matriculaste.
Además, hay algunos ciclos formativos que no se verán afectados por los cambios introducidos por esta nueva ley FP, son los ciclos que se rigen por la ley LOGSE (Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo), como Auxiliar de Enfermería o Dietética, que seguirán funcionando según esta normativa.
Los nuevos contratos formativos
Tras la aprobación de la reforma laboral se introduce en nuevo modelo de contratación para la formación y el aprendizaje para jóvenes con hasta 30 años para favorecer la inserción laboral de los jóvenes para frenar así la alta tasa de desempleo en España
El Real Decreto-Ley 32/2022, de 28 de diciembre introduce dos nuevas modalidades: el contrato de formación en alternancia y el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
Estos contratos de formación podrán formalizarse dentro de los 3 años siguientes a la terminación de los estudios, hasta los 5 en el caso de los estudiantes con alguna discapacidad igual o superior al 33%, y los contratados pasarán a cotizar por la contingencia de formación en la Seguridad Social.
La edad mínima para poder firmar un contrato de formación es de 16 años hasta los 30 años, inclusive. En el caso de los trabajadores con discapacidad no hay límite edad.
El principal objetivo de estos contratos de formativos es la facilitar la formación mientras se realiza un trabajo retribuido en una empresa siempre que se cumplan una serie de obligaciones respecto a la retribución y la duración del contrato:
La retribución del trabajo durante las prácticas:
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- La retribución de las prácticas no podrá ser inferior al 65% sobre la cantidad fijada para el grupo profesional con esas funciones durante el primer año.
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- No podrá ser inferior al 85% durante el segundo.
El sueldo durante las prácticas de la fp no podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional ( 1000 euros/mes) en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
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La duración de los distintos tipos de contrato de formación:
En cuanto a su duración, en el caso de los contrato de formación en alternancia tendrán una duración mínima de tres meses y un máximo de dos años y se asignará un tutor o tutora para hacer un seguimiento del plan, así como garantizar su correcto funcionamiento.
En los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios, la duración no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder un año.
Se elimina la posibilidad de realizar prórrogas, esto es, sólo podrá celebrarse un contrato de formación en alternancia por cada ciclo de Formación Profesional (FP), titulación universitaria o certificado de profesionalidad incluidos en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo.
Se mantiene la prohibición de realizar horas extraordinarias y el trabajo nocturno. Ni podrá establecerse periodo de prueba en estos contratos.
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